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Convocatoria a OSC para brindar acogimiento residencial temporal a personas vulnerables
14 de marzo de 2017

El Sistema Nacional para el Desarrollo Integral de la Familia, convoca a Organizaciones de la Sociedad Civil para participar en la implementación de apoyos para acogimiento residencial temporal a personas en situación de vulnerabilidad.

En el marco de las Reglas de Operación del Programa para la Protección de las Personas en Estado de Necesidad, para el ejercicio fiscal 2017, se convoca a Organizaciones de la Sociedad Civil de todo el país a suscribir convenios de concertación con el DIF Nacional para la atención de los siguientes ámbitos de atención:

  • Niñas, niños y adolescentes con perfil psiquiátrico.
  • Adultos y adultos mayores con perfil psiquiátrico.
  • Niñas, niños y adolescentes con trastornos de conducta.
  • Niñas, niños y adolescentes con discapacidad.
  • Adultos con discapacidad.

Conforme a lo establecido en el convenio de concertación que se suscriba al efecto, las Reglas de Operación  prevén, que por cada persona beneficiaria,  el DIF Nacional, aportará una cuota mensual de acuerdo al perfil de atención de la institución que acoja al beneficiario. Esta medida especial de protección tendrá carácter subsidiario, priorizando las opciones de cuidado en un entorno familiar.

La celebración de convenios de concertación podrá realizarse hasta septiembre de 2017. Para esto, las Organizaciones de la Sociedad Civil, deberán dirigir una comunicación escrita expresando su deseo de participar en la ejecución de este Programa, debidamente firmado por su representante legal, acompañando todas y cada una de las siguientes constancias documentales:

  1.  Copia de su RFC, expedido por la SHCP;
  2.  Constancia de domicilio fiscal y número telefónico;
  3.  Acta Constitutiva;
  4. Poder Notarial o designación del representante legal en el acta constitutiva;
  5. Identificación oficial vigente, RFC y CURP del representante legal;
  6. Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil o constancia del inicio del trámite
    (CLUNI);
  7. Constancia de su inscripción en el DNIAS o bien, del Registro Nacional de Centros de Asistencia Social, según sea el caso, o constancia del inicio del trámite;
  8. Contrato de Apertura de la Cuenta Bancaria a nombre de la Institución;
  9. Original de la Certificación Bancaria de la Institución Financiera de la Cuenta de Cheques abierta a nombre de la OSC, que incluya el número de cuenta, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 posiciones, firmado por el ejecutivo de cuentas de la institución bancaria; número del ejecutivo bancario, cargo y firma del personal de la institución bancaria, y
  10. Autorización oficial para recibir donativos deducibles de conformidad con la legislación fiscal vigente.

La documentación se presentará en copia simple y original para cotejo, a excepción de la documental referida en el numeral 9, que se entregará en original.

Desde la firma del convenio de concertación, las Organizaciones de la Sociedad Civil, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de las personas beneficiarias niñas, niños y adolescentes, personas con discapacidad y personas adultas mayores, reconocidos en el convenio de concertación, en su Cláusula Sexta, inciso k).

Para mayor información, comunicarse a la Dirección de Servicios Asistenciales de la Dirección General de Integración Social, con el Mtro. Guillermo Alfonso Casas Colín al correo electrónico: Gcasas@dif.gob.mx y al teléfono: (01 55) 30 03 22 00 Ext. 4208

Consulta aquí las Reglas de Operación del Programa de Apoyos para la Protección de las Personas en Estado de Necesidad, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2016  en la sexta y séptima sección.

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”